Marco Legal DPE - Planificacion

NACIONAL

Constitución Política del Estado
La base legal y estratégica del Sistema de la Universidad Boliviana (SUB) al cual se adscribe plenamente la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), se encuentra sustentada en la Constitución Política del Estado.
Artículo 91.  Párrafo I, “La educación superior desarrolla los procesos de formación Profesional, de generación y divulgación de conocimientos orientados al desarrollo integral de la sociedad, para lo cual tomará en cuenta los conocimientos universales y los saberes colectivos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos”. Párrafo II, “La Educación superior es intracultural, intercultural y plurilingüe y tiene por misión la formación integral de recursos humanos con alta calificación y competencia profesional; desarrollar procesos de investigación científica para resolver problemas de la base productiva y de su entorno social; promover políticas de extensión e interacción social para fortalecer la diversidad científica, cultural y lingüística; participar junto a su pueblo en todos los procesos de liberación social, para contribuir a una sociedad con mayor equidad y justicia social”.
Artículo 92. Párrafo I, “Las universidades públicas son autónomas e iguales en jerarquía. La autonomía consiste en la libre administración de sus recursos; el nombramiento de sus autoridades, su personal docente y administrativo; la elaboración y aprobación de sus estatutos, planes de estudio y presupuestos anuales; y la aceptación de legados y donaciones, así como la celebración de contratos, para realizar sus fines y sostener y perfeccionar sus institutos y facultades. Las universidades públicas podrán negociar empréstitos con garantía de sus bienes y recursos, previa aprobación legislativa.”
Párrafo II “Las Universidades Públicas constituirán, en ejercicio de su autonomía, la Universidad Boliviana, que coordinará y programará sus fines y funciones mediante un organismo central, de acuerdo con un Plan de Desarrollo Universitario”.
Plan General de Desarrollo Económico y Social para el Vivir Bien (PGDES 2025)
Aprobado mediante Ley 650, Agenda Patriótica (AP) del Bicentenario 2025 del 19 de enero de 2015., define los principios y directrices que pretende  constituir al 2025 sobre la base de 13 pilares fundamentales. En la primera parte del documento se encuentra el texto integral de la Agenda Patriótica 2025, donde se visibilizan los 13 pilares y cada una de sus dimensiones.
Ley Nº 777 del 25 de enero de 2016, Sistema de Planificación Integral del Estado (SPIE)

Es un sistema de normas, procesos y metodologías para la planificación del Vivir Bien con participación social, que instituye:

  • Que todas las entidades públicas elaboren planes de mediano y corto plazo para orientar su gestión.
  • Que todas las entidades públicas ejecuten sus programas y proyectos en el marco de su planificación de mediano y corto plazo.
  • Que todas las entidades públicas realicen un seguimiento sistemático a sus planes y reporten información sobre sus avances al Órgano Rector.

Esta ley tiene por objeto establecer los mecanismos del sistema de planificación nacional de Bolivia, y determina los procedimientos a realizar para la planificación del desarrollo integral del Estado Plurinacional de Bolivia en el marco del Vivir Bien.

Ley Nº 1407 del 9 de noviembre 2021
Aprueba el Plan de Desarrollo Económico y Social 2021-2025 “Reconstruyendo la Economía para Vivir Bien, hacia la Industrialización con Sustitución de Importaciones”
SISTEMA DE LA UNIVERSIDAD BOLIVIANA

Res. N° 6/22 del 26 de mayo de 2022 de la XIII Congreso Nacional de Universidades, aprueba el PDU 2021-2025
Es el marco estratégico y la base conceptual de los procesos de planificación estratégica, seguimiento y evaluación para todas las Universidades que conforman el Sistema de la Universidad Boliviana.
Estatuto Orgánico de la Universidad Boliviana, aprobada en el XI Congreso Nacional de Universidades
Es la base de la organización democrática de las 11 Universidades Publica Autónomas del País, que, habiendo sido creadas por disposiciones legales superiores y siendo de carácter público, pero de Gobierno no Autónomo, se rigen por estatutos especiales.
Su participación en el Sistema se centra en actividades relacionadas con el ámbito académico, descansa en la decisión soberana de docentes y estudiantes de la Universidad Pública Boliviana, expresada mediante el voto universal y la representación paritaria.
RES. 03/19 DEL 9 DE AGOSTO DE 2019
RES. 03/19 DEL 9 DE AGOSTO DE 2019 DE LA I CONFERENCIA NACIONAL EXTRAORDINARIA DE UNIVERSIDADES
Aprueba el Sistema de Planificación del Sistema de la Universidad Boliviana para su vigencia en todas las universidades del sistema, que comprende los siguientes instrumentos normativos:

1. Reglamento del Sistema de Planificación Universitaria del SUB

2. Marco Estratégico del  Plan de Desarrollo Universitario 2019-2025

3. Lineamientos para la Formulación de PEI

4. Sistema y Catálogo Básico de Indicadores del SUB

5. Reglamento Específico del SPO del SUB

6. Directrices Específicas de Formulación de POA…”

El Reglamento ha sido formulado en el marco del Art. 92 de la CPE, que consagra la autonomía universitaria; tiene como objetivo, instituir el Sistema de Planificación del Sistema de la Universidad Boliviana, constituyendo una estructura y organización, identificando las instancias de responsabilidad, los procesos, plazos y niveles de compatibilidad del Plan de Desarrollo Universitario (PDU) con el Plan de Desarrollo Económico Social del Estado Plurinacional de Bolivia (PDES) y de los Planes Estratégicos Institucionales de las Universidades (PEI) con el Plan de Desarrollo Universitario (PDU); y de los respectivos Planes Operativos Anuales con el PEI de cada una de las universidades.
Institucional (Universidad Mayor de San Andrés)

Resolución HCU N° 185/20 del 29 de julio de 2020
Aprueba el Sistema de Planificación de la UMSA, sustentado en dos Herramientas de Gestión:
  1. Plan Estratégico Institucional PEI 2021-2025, con visión al 2030 y sus anexos: Catalogo Básico de Indicadores, actividades estratégicas e información estadística.
  2. Reglamento Específico del Sistema de Planificación (RE-SPLAN) y su anexo: Lineamientos para la formulación de Planes de Desarrollo
Resolución HCU N° 266/2022
Resolución HCU N° 266/22 del 13 de julio de 2022, aprueba el Plan Estratégico Institucional 2021-2025 con visión al 2030, AJUSTADO, en el marco del PDU 2021-2025